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Cambio en el método de Cálculo de índices de eficiencia de reciclado y valorización de materiales de Residuos de Pilas y Baterías

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Cambio en el método de Cálculo de índices de eficiencia de reciclado y valorización de materiales de Residuos de Pilas y Baterías
25/11/2025

Cambio en el método de Cálculo de índices de eficiencia de reciclado y valorización de materiales de Residuos de Pilas y Baterías

Se público el pasado 21 de marzo el Reglamento delegado (UE) 2025/606 de la Comisión Europea, que complementa el Reglamento (UE) 2023/1542 sobre pilas, baterías y sus residuos. Con el objetivo principal de establecer un método armonizado para calcular y verificar los índices de eficiencia de reciclado y valorización de materiales provenientes de residuos de pilas y baterías, así como definir el formato de la documentación necesaria. ​

Puntos clave del reglamento:
1. Objetivo: Completar el Reglamento (UE) 2023/1542 de pilas y baterías fijando métodos armonizados para calcular y verificar:
  • rRE: índice de eficiencia de reciclado (porcentaje de masa).
  • rRM (TM): índice de valorización de materiales por material objetivo (Target Material: Li, Co, Ni, Cu, Pb). Incluye además formatos oficiales de documentación y reglas de verificación por autoridades.

2. Métodos de cálculo:
  • Índice de eficiencia de reciclado: Se calcula como el porcentaje de masa de salida respecto a la de entrada, con especificaciones. ​
  • Índice de valorización de materiales: Se calcula como el porcentaje de masa de materiales valorizados tras el proceso de reciclaje respecto a la masa de entrada, con especificaciones. ​Un rRM distinto para cada material objetivo (Li, Co, Ni, Cu, Pb). Los materiales valorizados con suficiente buena calidad para ser materias primas secundarias son los únicos que cuentan como salida para este cálculo.
3. Documentación:
  • Se establece un formato detallado para documentar el tratamiento de residuos y sustancias peligrosas como mercurio y cadmio. ​
  • Los recicladores y operadores previos deben proporcionar información anual por tipo de composición química, etapas del reciclado e información de fracciones de entrada y salida, sin detallar operaciones internas de una misma planta al primer reciclador.
  •  Con la información proporcionada por el resto de los recicladores el primer reciclador deberá recopilar, consolidar y reportar toda la información anual a la autoridad del Estado donde ha tratado el residuo y los índices de eficiencia y valorización. ​
  • Cuando un poseedor que no trate el residuo ni sea reciclador exporte residuos de pilas y baterías para su tratamiento informará a las autoridades competentes de la cantidad de residuo ya empezado a tratar previa exportación y de la eficiencia del reciclado de dichos residuos, la valorización de materiales obtenidos a partir de ellos, así como el destino y rendimiento de las fracciones de salida finales conseguidas tras esta.

4. Verificación:
  • Las autoridades competentes de los Estados miembros son responsables de verificar los cálculos y la documentación proporcionada por los recicladores. ​
  • Se incluyen técnicas de verificación como auditorías, revisión de documentación y visitas a instalaciones. ​
  • Los recicladores pueden realizar auto auditorías con empresas externas y presentar los resultados a las autoridades competentes. ​

5. Aplicación:
  • El reglamento será obligatorio y directamente aplicable en todos los Estados miembros de la UE a partir del 25 de Julio de 2025.
  • La verificación de los cálculos y documentación se realizará anualmente. ​

Este reglamento busca fomentar la trazabilidad, la innovación y la sostenibilidad en el reciclaje de pilas y baterías, asegurando el cumplimiento de estándares ambientales y de salud en toda la Unión Europea.

Para más información puede consultar el Reglamento delegado (UE) 2025/606 de la Comisión Europea en el siguiente enlace: https://www.boe.es/doue/2025/606/L00001-00043.pdf

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